Resumen: La sentencia recurrida desestimó el recurso contra el acta de liquidación de cuotas de la Seguridad Social. La parte apelante plantea como primer motivo la cuestión procesal relativa a la existencia de terceros interesados, que no han sido emplazados, lo cual es rechazado en la sentencia de apelación e teniendo en cuenta que el recurso se plantea entre la Cooperativa demandante y la TGSS, teniendo la Cooperativa su propia personalidad jurídica. por lo que las actuaciones de la TGSS se han dirigido frente a la cooperativa, y no frente a sus socios que no tienen la condición de terceros interesados, siendo además incuestionable que dichos socios de la cooperativa tuvieron, o al menos tuvieron la oportunidad de tener conocimiento de la existencia del proceso, cuando aprobaron el Acuerdo para interponer el presente recurso contencioso-administrativo. En cuanto al fondo, se estima el recurso por aplicación del régimen transitorio de la Ley 14/2021, que establece que los procedimientos de liquidación de cuotas a la Seguridad Social que afecten a las empresas donde presten o hayan prestado servicios los músicos sujetos a relación especial deben incluir en las bases de cotización los gastos de manutención y los gastos y pluses de distancia por el desplazamiento de aquellos desde su domicilio a la localidad donde se celebre el espectáculo, contemplándose una aplicación retroactiva para las resoluciones no firmes en vía administrativa como es el caso.
Resumen: NEGATIVA A LA REALIZACIÓN A PRUEBAS DE ALCOHOLEMIA
Resumen: El FOGASA puede instar que se anticipe la opción por la indemnización en los supuestos en que la empresa no haya comparecido en el acto del juicio y estemos en presencia de alguno de los supuestos previstos en el artículo 23.2 LRJS, siempre que conste que la empresa ha cerrado sus actividades, siendo, en consecuencia, imposible o de difícil realización la readmisión. En estos casos, la extinción del contrato de trabajo se entenderá producida en la fecha del cese efectivo en el trabajo, por lo que la indemnización se calcula hasta esa fecha.
